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Enciclopedia:Constitucional

De la Enciclopedia Colchagüina

El pasado 15 y 16 de mayo de 2021, se realizaron las elecciones para elegir la Convención Constituyente que tendrá como misión redactar una nueva Constitución, tal como lo expresó la ciudadanía en el Plebiscito Nacional del 25 de octubre de 2020.

La Convención, compuesta por 155 miembros electos, tendrá 9 meses para presentar un nuevo texto constitucional, pudiendo ser ampliado por 3 meses más, en una sola oportunidad. De esta manera, a mediados de 2022, el país vivirá un nuevo Plebiscito de salida para aprobar o rechazar la nueva Constitución.

Cronograma del proceso constituyente

  • 15 de noviembre de 2019: "Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución"
  • 24 de diciembre de 2019: reforma constitucional que modifica la Constitución vigente para incorporar el itinerario y reglas del proceso constituyente.
  • 29 de marzo de 2020: presidente Sebastián Piñera convoca, vía decreto, al plebiscito de entrada del 25 de octubre de 2020.
  • 25 de octubre de 2020: Plebiscito Nacional donde el país decidió que aprueba la opción de redactar una Nueva Constitución y el órgano para redactarla será la Convención Constitucional.
  • 15 y 16 de mayo de 2021: elección de convencionales constituyentes.
  • 4 de julio de 2021: instalación de la Convención Constitucional.
  • Hasta 9 o 12 meses después: Convención aprueba un nuevo texto constitucional
  • Aproximadamente 60 días después: Plebiscito para aprobar o rechazar nueva Constitución.

Convención Constitucional

La Convención Constitucional tiene su origen en la Ley N° 21.200 de Reforma Constitucional, el Plebiscito Nacional del 25 de octubre de 2020 y las elecciones de Convencionales Constituyentes del 15 y 16 de mayo de 2021. Tiene por misión redactar y aprobar la propuesta de texto de una Nueva Constitución de la República para Chile, la cual deberá ser sometida a Plebiscito Nacional para que la ciudadanía la apruebe o rechace. En esta oportunidad el voto será obligatorio.

La Convención Constitucional está integrada por 155 miembros elegidos en votación popular el 15 y 16 de mayo de 2021, conforme a los mismos distritos que para la elección de Diputados (28 distritos) y conforme a un sistema proporcional. En esa elección se aplicaron normas especiales para facilitar la participación de independientes y para que exista equilibrio de género entre los hombres y mujeres electos. Además, gracias a una reforma constitucional se logró reservar 17 escaños a representantes de los pueblos originarios en la Convención.

Representan al Distrito 16 (provincias de Colchagua, Cardenal Caro y cuatro comunas de Cachapoal) los convencionales Nicolás Núñez Gangas (FRVS, Apruebo Dignidad), Gloria Alvarado Jorquera (ind., Corrientes Independientes), Ricardo Neumann Bertin (ind. UDI, Vamos por Chile) y Adriana Cancino Meneses (ind. PS, Lista del Apruebo).

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es una constitución?
    Es la ley fundamental que organiza la vida en sociedad. Ordena la administración del Estado, regula los derechos, deberes, instituciones y la relación de los ciudadanos con el Estado.
  2. ¿Cuánto tiempo tienen los convencionales para redactar la nueva Constitución?
    Los convencionales tienen nueve meses para redactar la nueva Constitución, prorrogables sólo una vez por hasta tres meses. El presidente de la Convención o un tercio de ella puede pedir esta extensión del plazo.
  3. ¿Se les pagará a los convencionales?
    Los integrantes de la Convención recibirán una retribución mensual de UTM 50 , equivalentes a poco más de 2.5 millones de pesos.
  4. ¿Qué pasa mientras no exista la nueva Constitución?
    La Constitución actual sigue vigente, y la Convención Constitucional no tiene atribuciones para hacerle cambios.
  5. ¿Qué límites tiene la Convención Constitucional al momento de redactar el texto?
    El texto de nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
  6. ¿Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de la Convención?
    De acuerdo con el artículo 136 de la Constitución Política, existe un mecanismo de reclamación relativo a infracciones a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. Estas reclamaciones serán resueltas por cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo, en un procedimiento reglado de acuerdo con el citado artículo 136.
  7. ¿Cómo será el plebiscito para aprobar o rechazar la nueva Constitución?
    El Presidente de la República debe convocar al plebiscito en el que el voto será obligatorio. Se realizará la pregunta: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Y se debe elegir entre las alternativas Apruebo o Rechazo.
  8. ¿Qué pasa si se aprueba la nueva Constitución?
    El Presidente de la República debe convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución.

Noticias sobre la Convención

Revise las últimas noticias sobre la Convención Constitucional y su labor en EL MARINO CONSTITUCIONAL.

Nota

Material elaborado en base a lo publicado por el Ministerio Secretaría General de Gobierno, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la Biblioteca del Congreso Nacional y la Convención Constitucional.