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Navidad (distrito)

De la Enciclopedia Colchagüina
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Navidad
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento San Fernando
 • Subdelegación 9.° Subdelegación (-1867)
Navidad (1867-¿1928?)

Navidad, o La Navidad, fue uno de los distritos que integró las subdelegaciones 9.° y Navidad, en el antiguo departamento de San Fernando, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, José María Vergara, y trasladado a la subdelegación de Navidad por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de 1867.[1]

Historia

El distrito fue organizado por el intendente José María Vergara alrededor de 1847. Pertenecía a la 9.° Subdelegación del departamento, como su primer distrito. El Anuario estadístico de 1864 le consigna como límites:[2]

Limita al N. con el Rapel; al E. con la hacienda de Ucúquer, siguiendo el cordón de cerros de la Palma y el pasaje; al S. con el valle del Cajón hasta encontrarse con la Quebrada Honda; al P. con el camino Real de Las Molinas.

El decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos, le otorga el número 4.° de la subdelegación Navidad. El documento determina así sus límites:

Al este, el límite occidental del distrito núm. 3; al norte, el mar; al oeste, el estero del Puertecillo y la quebrada del Maquicillo hasta que la atraviesa el camino que baja del Alto Grande, el cual continuará línea divisoria siguiendo hacia el sur y pasando por la cuesta de la Palmilla y las Trancas hasta llegar al zanjón de los Espinillos; desde aquí se halla separado este distrito por la línea que sirve de límite occidental del núm. 1.[3]

El Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de 1927 redistribuye el territorio del departamento de San Fernando, y los distritos se suprimen.[4]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[5]

Referencias

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