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Césares (distrito)

De la Enciclopedia Colchagüina
Césares
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán
 • Subdelegación Rengo

Césares fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Rengo, en el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez.

Historia

El distrito, que ocupó el número 2.° de la subdelegación de Rengo, Caupolicán, fue creado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al norte, por el río Claro; al sur, por el callejón de Marzán, tomando al oriente hasta llegar a la casa de doña Jesús Espejo, y de aquí tomando al sur hasta llegar a la esquina norte del panteón, desde cuyo punto tomará al camino derecho, costado norte, hasta llegar a la esquina que da frente a las casas de don José Morales; al poniente, por la calle de Rengo; y al oriente, por el callejón que sale al frente de las casas del citado don José Morales y que va en dirección al río.

Fue reformado el 6 de abril de 1874, por decreto del presidente Federico Errázuriz Zañartu. El mandatario fijó así los límites del 2.° distrito:[1]

Limitará por el oeste, con la calle pública; al norte, por el río Claro; al sur, por la calle del Hospital y el camino para el fundo denominado Quinta Alba; y al este, por parte de lmismo camino hasta terminar en el río Claro.

Decreto de 1874

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[2]

Referencias

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