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Policía Municipal de Pichilemu

De la Enciclopedia Colchagüina

La Policía Municipal de Pichilemu fue la fuerza policial local de la comuna de Pichilemu, creada en 1894 tras la puesta en marcha del municipio, y suprimida en 1928 al crearse Carabineros de Chile.

Historia

En la primera sesión ordinaria que celebró la municipalidad el 22 de mayo de 1894 se formó un Cuerpo de Policía que, en un principio, estuvo compuesto por diez hombres: un comandante designado por el Gobierno de una terna que todos los años debía enviarle la municipalidad; de un sargento, dos cabos, y seis soldados. El sueldo del comandante fue, en los primeros años, de $ 50 mensuales, y el de los guardianes, de $ 35 mensuales.

En la misma sesión nombró Comandante de la Policía a Francisco Adriano Caro, en el carácter de provisional, mientras el Gobierno designaba el de planta, de la terna que se le había remitido.

Por decreto de septiembre de ese año, el Gobierno designó para desempeñar este cargo a Rosalindo Castro Rojas, vecino de Rodeillo. Castro renunció el 28 de febrero de 1895 por habérsele exigido que residiera en la cabecera de la comuna. Fue enviada una nueva terna y el Gobierno, por decreto 3151 de 27 de agosto de 1895 nombró a Joaquín Bravo para desempeñar el cargo.

Durante el primer año de existencia, el municipio gastó más de una cuarta parte de sus ingresos en compra de uniformes, armas, municiones, elementos de seguridad y en pago de sueldos del personal contratado.

La misión que debió cumplir este cuerpo de seguridad, según el Reglamento de Policía aprobado en sesión de electores del 25 de mayo de 1895, eran el resguardo de las poblaciones; combatir a los bandidos que pululaban por los campos y perseguirlos hasta las estaciones de El Sauce y Yerbas Buenas, donde llegaban con el producto de sus robos; la mantención del orden en la línea férrea en construcción y en los negocios de bebidas alcohólicas; recoger los animales que vagaban sueltos por los campos; conducir a los retenes a los ebrios y malhechores; y, en general, cumplir todas las disposiciones del Reglamento y las órdenes de los superiores.

Una de las primeras tareas a que se vio abocada la municipalidad fue la de promulgar un reglamento con disposiciones sobre las diversas materias que, de acuerdo con la ley, debía atender. Este Reglamento General fue aprobado el 16 de diciembre de 1894 y complementado por una Ordenanza de Policía aprobada por la Asamblea de Electores en reunión de 26 de mayo de 1895. En este reglamento se prohibían las construcciones de ranchos en el balneario; se prohibía también "bañarse desnudo en cualquier lugar de la playa" y "bañarse y lavar ropa sucia en el bebedero de Ortúzar", pequeña laguna que existió en el bajo de calle Manuel Montt entre José Joaquín Aguirre y Ángel Gaete. De esta laguna, se sacaba en aquellos años el agua para beber que se ocupaba en los hoteles, pensiones y casas particulares. Prohibía también este reglamento "las riñas de gallos, el ejercicio o profesión a los curanderos y meicos" y "los velorios de angelitos que hace cierta gente del pueblo, convertidas muchas veces en chingana con motivo de la muerte de un párvulo". Ninguna de estas disposiciones fue cumplida por los vecinos, pues hasta hace poco tiempo existían meicos en apartados lugares de la costa, y se acostumbraba hacer chinganas cuando moría un párvulo y, a veces, un mayorcito de edad.

Referencias

  • Textos inéditos del libro Crónicas de Pichilemu, Diego Grez Cañete.