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Rengo (subdelegación)

De la Enciclopedia Colchagüina
Rengo
Subdelegación
Entidad Subdelegación
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento Caupolicán
Subdivisiones Distritos: Cinco (1846)
Tres (1863)

Rengo fue una de las subdelegaciones que integró el antiguo departamento de Caupolicán, provincia de Colchagua.

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes. Más adelante sufrió modificaciones estipuladas por el decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez

Historia

La subdelegación, que ocupó el número 1.° del Caupolicán, fue creada por decreto del 12 de enero de 1846, del presidente Manuel Bulnes, que divide administrativamente a Caupolicán. El documento determina así sus límites:

Al oriente, con la cordillera de los Andes en la hacienda de Popeta; al poniente con el callejón de las casas nuevas de D. Antonio Besuain mirando hacia la puntilla de Panquehue y el cordón de cerros denominados del Chapetón; al sur, con el portezuelo de Pelequén y cordón de cerros de Cuenca hasta el portezuelo del mismo nombre; y al norte con el río claro.

El decreto de 1846 le asigna cinco distritos pero no los nombra ni delimita.[1] El territorio de Rengo fue modificado por decreto del 26 de junio de 1863, del presidente José Joaquín Pérez, consignándole como nuevos límites:

Al oriente, por la cordillera de los Andes, en la hacienda de Popeta; al poniente, por la calle pública de Rengo, desde el río Claro hasta el portezuelo de Pelequén; al sur, por el cordón de cerros de Cuenca hasta el portezuelo de ese nombre; y al norte, por el río Claro

El decreto de 1863 le asigna tres distritos: 1.° Rinconada, 2.° Césares y 3.° Popeta.[2]

La subdelegación fue reformada el 6 de abril de 1874, por decreto del presidente Federico Errázuriz Zañartu. Rengo quedó integrada por cinco distritos: 1.° Sauces, 2.° Césares, 3.° Rinconada, 4.° Peñón y 5.° Popeta. Errázuriz fijó así los límites de la subdelegación:[3]

al oriente, por la Cordillera de los Andes, en la hacienda de Popeta; al poniente, por la calle pública de Rengo, desde el río Claro hasta el portezuelo de Pelequén; al sur, por el cordón de los cerros de Cuenca hasta el portezuelo de ese nombre; y al norte, por el río Claro.

Decreto de 1874

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]

Referencias

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