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Diferencia entre revisiones de «Maquegua (distrito de La Obra)»

De la Enciclopedia Colchagüina
(Página creada con «{{Ficha de entidad subnacional |nombre = Maquegua |unidad = Distrito |país= |imagen= |bandera_borde = sí |mapa = |pie_mapa = |capital = |subdivisión = |página web = |tipo_superior_1 = País |superior_1 = Chile |tipo_superior_2 = Provincia |superior_2 = Curicó |tipo_superior_3=Diccionario:depart…»)
 
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'''Maquegua''' fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró la [[Diccionario:subdelegación|subdelegación]] de [[La Obra (subdelegación)|La Obra]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de Curicó|Curicó]], [[diccionario:antigua provincia|provincia]] de [[provincia de Curicó|Curicó]].
'''Maquegua''' fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró la [[Diccionario:subdelegación|subdelegación]] de [[La Obra (subdelegación)|La Obra]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de Curicó|Curicó]], [[diccionario:antigua provincia|provincia]] de [[provincia de Curicó|Curicó]].


Fue establecido el 24 de septiembre de [[1874]], durante la presidencia de [[Federico Errázuriz Echaurren]].
Fue establecido el 24 de septiembre de [[1874]], durante la presidencia de [[Federico Errázuriz Zañartu]].


== Historia ==
== Historia ==
El presidente [[Federico Errázuriz Echaurren]] dictó el 24 de septiembre de [[1874]] un decreto que aprobó el proyecto de división y demarcación de las subdelegaciones y distritos del [[departamento de Curicó]], propuesto por el intendente, determinando la creación del distrito, el 1.° de la 2.° subdelegación rural de [[La Obra (subdelegación)|La Obra]]. Sus límites fueron:<ref>{{cita libro|title=Boletin de las leyes i de las ordenes i decretos del ... |url=https://babel.hathitrust.org/cgi/pt?id=mdp.35112103816296&view=1up&seq=149|volume=42 P. 2|publisher=Ministerio del Interior|page=145}}</ref>
El presidente [[Federico Errázuriz Zañartu]] dictó el 24 de septiembre de [[1874]] un decreto que aprobó el proyecto de división y demarcación de las subdelegaciones y distritos del [[departamento de Curicó]], propuesto por el intendente, determinando la creación del distrito, el 1.° de la 2.° subdelegación rural de [[La Obra (subdelegación)|La Obra]]. Sus límites fueron:<ref>{{cita libro|title=Boletin de las leyes i de las ordenes i decretos del ... |url=https://babel.hathitrust.org/cgi/pt?id=mdp.35112103816296&view=1up&seq=149|volume=42 P. 2|publisher=Ministerio del Interior|page=145}}</ref>


{{Cita|Oriente, sur y poniente, los límites de la subdelegación; norte, el estero Guaiquillo, el camino de la frontera y el que de este parte para los Niches, dividiendo la hacienda de La Obra y otras propiedades.}}
{{Cita|Oriente, sur y poniente, los límites de la subdelegación; norte, el estero Guaiquillo, el camino de la frontera y el que de este parte para los Niches, dividiendo la hacienda de La Obra y otras propiedades.}}

Revisión actual - 11:33 17 abr 2023

Maquegua
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Curicó
 • Departamento Curicó
 • Subdelegación La Obra

Maquegua fue uno de los distritos que integró la subdelegación de La Obra, en el antiguo departamento de Curicó, provincia de Curicó.

Fue establecido el 24 de septiembre de 1874, durante la presidencia de Federico Errázuriz Zañartu.

Historia

El presidente Federico Errázuriz Zañartu dictó el 24 de septiembre de 1874 un decreto que aprobó el proyecto de división y demarcación de las subdelegaciones y distritos del departamento de Curicó, propuesto por el intendente, determinando la creación del distrito, el 1.° de la 2.° subdelegación rural de La Obra. Sus límites fueron:[1]

Oriente, sur y poniente, los límites de la subdelegación; norte, el estero Guaiquillo, el camino de la frontera y el que de este parte para los Niches, dividiendo la hacienda de La Obra y otras propiedades.

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[2]

Referencias

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