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'''Pulín''' fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró las [[subdelegación de Chile|subdelegaciones]] [[8.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|8.°]] y [[El Rosario (subdelegación)|El Rosario]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de San Fernando|San Fernando]], [[antigua provincia de Colchagua|provincia de Colchagua]].
'''Pulín''' fue uno de los [[Diccionario:distrito|distritos]] que integró las [[subdelegación de Chile|subdelegaciones]] [[8.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|8.°]] y [[El Rosario (subdelegación)|El Rosario]], en el antiguo [[Diccionario:departamento|departamento]] de [[departamento de San Fernando|San Fernando]], [[antigua provincia de Colchagua|provincia de Colchagua]].


El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, [[José María Vergara]], y trasladado a la subdelegación de Rosario por decreto del presidente José Joaquín Pérez el [[14 de agosto]] de [[1867]].<ref name="distritos">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ&pg=PA12 |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12-13 |idioma=es}}</ref>
El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, [[José María Vergara]], y trasladado a la subdelegación de Rosario por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de [[1867]].<ref name="distritos">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ&pg=PA12 |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12-13 |idioma=es}}</ref>


== Historia ==
== Historia ==
El distrito fue organizado por el intendente José María Vergara alrededor de [[1847]]. Pertenecía a la [[8.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|8.° Subdelegación]] del departamento, como su segundo distrito. El ''Anuario estadístico'' de [[1864]] le consigna como límites:<ref name=”1864”>{{cite book|title=Anuario estadístico de Chile correspondiente al año de 1863|year=1864|publisher=Oficina Central de Estadística|location=Santiago, Chile|page=327-330}}</ref>
El distrito fue organizado por el intendente José María Vergara en [[1843]]. Pertenecía a la [[8.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|8.° Subdelegación]] del departamento, como su segundo distrito. El ''Anuario estadístico'' de [[1864]] le consigna como límites:<ref name="d1864">{{cite book|title=Anuario estadístico de Chile correspondiente al año de 1863|year=1864|publisher=Oficina Central de Estadística|location=Santiago, Chile|page=327-330}}</ref>


{{cita|Se extiende por el E. desde las casas de Cantarrana, tomando el camino real que va a la quebrada de los Arrayanes, hasta tocar con el río Rapel; baja al P. por la ribera sur de dicho río hasta el alto de la Matancilla; sigue en línea recta al lugar de los Espinillos, lindando por el N. con la [[9.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|9.° sección]] y tomando el camino que va a las casas de Cantarrana.}}
{{cita|Se extiende por el E. desde las casas de Cantarrana, tomando el camino real que va a la quebrada de los Arrayanes, hasta tocar con el río Rapel; baja al P. por la ribera sur de dicho río hasta el alto de la Matancilla; sigue en línea recta al lugar de los Espinillos, lindando por el N. con la [[9.° Subdelegación de San Fernando (-1867)|9.° sección]] y tomando el camino que va a las casas de Cantarrana.}}


El decreto supremo del [[14 de agosto]] de [[1867]], que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos, le otorga el número 2.° de la subdelegación [[El Rosario (subdelegación)|El Rosario]]. El documento determina así sus límites:
El decreto supremo del 14 de agosto de [[1867]], que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos, le otorga el número 2.° de la subdelegación [[El Rosario (subdelegación)|El Rosario]]. El documento determina así sus límites:


{{cita|Al norte y este, por el Rapel, el deslinde sur de la hacienda de Ucúquer y el camino del Alto de la Matancilla, que forman también el límite de la subdelegación; al oeste, por el zanjón del Colo, desde el expresado camino hasta que se encuentra al que conduce a la Estrella, desde este punto una línea recta hasta el nacimiento de la Quebrada de la Virgen en el Rincón del Gallo y curso de esta quebrada hasta que se le junta la del Agua; y al sur, por la corriente de esta última hasta su nacimiento, una línea recta que, pasando por los Ojos de Agua, llegue a la quebrada del Risco Alto, el curso de esta quebrada hasta que desagua en el estero de Pulín y este último estero hasta que desemboca en el Rapel.<ref>{{cite news|work=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno (lib. XXV, N.° 8)|date=agosto de 1867|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago|title=Subdelegaciones i distritos del departamento de San Fernando|page=192-212}}</ref>}}
{{cita|Al norte y este, por el Rapel, el deslinde sur de la hacienda de Ucúquer y el camino del Alto de la Matancilla, que forman también el límite de la subdelegación; al oeste, por el zanjón del Colo, desde el expresado camino hasta que se encuentra al que conduce a la Estrella, desde este punto una línea recta hasta el nacimiento de la Quebrada de la Virgen en el Rincón del Gallo y curso de esta quebrada hasta que se le junta la del Agua; y al sur, por la corriente de esta última hasta su nacimiento, una línea recta que, pasando por los Ojos de Agua, llegue a la quebrada del Risco Alto, el curso de esta quebrada hasta que desagua en el estero de Pulín y este último estero hasta que desemboca en el Rapel.<ref>{{cite news|work=Boletín de las leyes i decretos del Gobierno (lib. XXV, N.° 8)|date=agosto de 1867|publisher=Imprenta Nacional|location=Santiago|title=Subdelegaciones i distritos del departamento de San Fernando|page=192-212}}</ref>}}


El Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del [[30 de diciembre]] de [[1927]] redistribuye el territorio del departamento de San Fernando, y los distritos se suprimen.<ref>{{Cita web |url=https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=19463&buscar=8583 |título=DTO-8583 28-ENE-1928 MINISTERIO DEL INTERIOR - Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=28 de enero de 1928 |sitioweb=Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |idioma=en}}</ref>
El Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de [[1927]] redistribuye el territorio del departamento de San Fernando, y los distritos se suprimen.<ref>{{Cita web |url=https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=19463&buscar=8583 |título=DTO-8583 28-ENE-1928 MINISTERIO DEL INTERIOR - Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |fechaacceso=5 de agosto de 2018 |fecha=28 de enero de 1928 |sitioweb=Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional |idioma=en}}</ref>


== Administración ==
== Administración ==


La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.<ref name="subdeleg">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ |fechaacceso=19 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12|idioma=es}}</ref>
La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.<ref name="subdeleg">{{Cita libro |apellidos=Grez-Cañete |nombre=Diego |título=Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales |url=https://books.google.cl/books?id=eFwvDwAAQBAJ |fechaacceso=19 de agosto de 2018 |fecha=30 de septiembre de 2016 |editorial=El Marino |isbn=9789569757037 |página=12|idioma=es}}</ref>
=== Inspectores ===
* [[Pascual Quintanilla]] — 18 de febrero de [[1867]]-¿[[1867]]?<ref>[https://books.google.cl/books?id=3R0fAQAAMAAJ&dq=alcalde%20de%20chanquiahue&hl=es&pg=PA276#v=onepage&q=alcalde%20de%20chanquiahue&f=false Estadística anual de la república de Chile, comercio exterior], Dirección General de Estadística</ref>


== Referencias ==
== Referencias ==
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{{Subdelegaciones y distritos de San Fernando (1843-1867)}}
{{Subdelegaciones y distritos de San Fernando (1867-1928)}}


[[Categoría:Distritos del departamento de San Fernando]]
[[Categoría:Distritos del departamento de San Fernando]]

Revisión actual - 04:18 8 ene 2023

Pulín
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua
 • Departamento San Fernando
 • Subdelegación 8.° Subdelegación (-1867)
El Rosario (1867-¿1928?)

Pulín fue uno de los distritos que integró las subdelegaciones 8.° y El Rosario, en el antiguo departamento de San Fernando, provincia de Colchagua.

El territorio del distrito fue organizado inicialmente por el intendente de Colchagua, José María Vergara, y trasladado a la subdelegación de Rosario por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de 1867.[1]

Historia

El distrito fue organizado por el intendente José María Vergara en 1843. Pertenecía a la 8.° Subdelegación del departamento, como su segundo distrito. El Anuario estadístico de 1864 le consigna como límites:[2]

Se extiende por el E. desde las casas de Cantarrana, tomando el camino real que va a la quebrada de los Arrayanes, hasta tocar con el río Rapel; baja al P. por la ribera sur de dicho río hasta el alto de la Matancilla; sigue en línea recta al lugar de los Espinillos, lindando por el N. con la 9.° sección y tomando el camino que va a las casas de Cantarrana.

El decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos, le otorga el número 2.° de la subdelegación El Rosario. El documento determina así sus límites:

Al norte y este, por el Rapel, el deslinde sur de la hacienda de Ucúquer y el camino del Alto de la Matancilla, que forman también el límite de la subdelegación; al oeste, por el zanjón del Colo, desde el expresado camino hasta que se encuentra al que conduce a la Estrella, desde este punto una línea recta hasta el nacimiento de la Quebrada de la Virgen en el Rincón del Gallo y curso de esta quebrada hasta que se le junta la del Agua; y al sur, por la corriente de esta última hasta su nacimiento, una línea recta que, pasando por los Ojos de Agua, llegue a la quebrada del Risco Alto, el curso de esta quebrada hasta que desagua en el estero de Pulín y este último estero hasta que desemboca en el Rapel.[3]

El Decreto con Fuerza de Ley N.° 8.583 del 30 de diciembre de 1927 redistribuye el territorio del departamento de San Fernando, y los distritos se suprimen.[4]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[5]

Inspectores

Referencias

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