El Pueblo (segundo distrito de San Fernando)
El Pueblo | |
---|---|
Distrito | |
Entidad | Distrito |
• País | Chile |
• Provincia | Colchagua |
• Departamento | San Fernando |
• Subdelegación | San Fernando |
El Pueblo fue uno de los distritos que integró la subdelegación de San Fernando, en el antiguo departamento de San Fernando, provincia de Colchagua.
El territorio del distrito fue organizado por decreto del presidente José Joaquín Pérez el 14 de agosto de 1867.[1]
Historia
El distrito, que ocupó el número 2.° de la subdelegación San Fernando, fue creado por decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones y numerosos distritos. El documento determina así sus límites:
Al norte, por el límite sur del distrito anterior; al sur, por el río Tinguiririca, desde el camino de la Frontera hasta el de Nancagua; al este, por el límite de la subdelegación; y al oeste, por la calle del Quilo, desde la de Curalí hasta el camino de Nancagua, y este último camino hasta el río[2]
La Constitución de 1925, que entró en vigencia el 18 de octubre de ese año, declaró que los distritos son regidos por un inspector, subordinado al subdelegado.[3] No obstante, los distritos perdieron toda su importancia administrativa, pasando a tener utilidad meramente estadística. La Dirección General de Estadística atribuye esto a un desconocimiento, tanto del público como de las propias autoridades, y a que los decretos que establecían esa división administrativa eran antiguos y redactados en una época con pocos conocimientos técnicos, haciéndolos muy vagos, incompletos y hasta contradictorios.[4] El Decreto Ley N.° 803 del 22 de diciembre de 1925 señaló específicamente las comunas y subdelegaciones que subsistirían bajo la nueva división político-administrativa del país. Este distrito se mantuvo en la misma comuna y subdelegación como parte de esta reforma.[5]
Administración
La administración del territorio estaba a cargo de un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[6]
Referencias
- El acceso a las notas y referencias está restringido a usuarios registrados.