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Iloca (distrito de Vichuquén)

De la Enciclopedia Colchagüina
Iloca
Distrito
Entidad Distrito
 • País Chile
 • Provincia Colchagua (1847-1865)
Curicó (desde 1865)
 • Departamento Curicó (1847-1865)
Vichuquén (desde 1865)
 • Subdelegación Vichuquén

Iloca (también conocido como Yloca) fue uno de los distritos que integró la subdelegación de Vichuquén, en los antiguos departamentos de Curicó y Vichuquén.

Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847. Fue suprimido en 1887.

Historia

El distrito ocupó el número 4.° de la subdelegación de Vichuquén, Curicó.[1] Sus límites fueron inicialmente los siguientes:

Lo limita al N. el estero de Pichibudi; al S. el de Coquimbo; al E. el camino público de Yloca; y al P. el mar.

Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847.[1]

El territorio del departamento de Curicó que comprendía las subdelegaciones 10.° a 16.° (Quiahue, Pumanque, Paredones, Llico, Vichuquén, Patacón y Peralillo) fue segregado para establecer el departamento de Vichuquén en 1865, quedando comprendido este distrito en la transferencia.

El presidente Federico Errázuriz Zañartu dictó el 23 de julio de 1875 un decreto que creó la 9.° subdelegación de Licantén, segregándole a Vichuquén el territorio de los distritos de Licantén y Coquimbo. Los distritos vichuqueninos quedaron así ordenados: 1.° Vichuquén, 2.° Iloca, 3.° Tilicura.[2]

Más adelante, el presidente José Manuel Balmaceda fijó una nueva división del departamento en subdelegaciones y distritos por decreto del 31 de enero de 1887. Este distrito fue suprimido.[3]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]

Referencias

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