La Palma (distrito de El Cerrillo y Teno)
La Palma | |
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Distrito | |
Entidad | Distrito |
• País | Chile |
• Provincia |
Colchagua (1847-1865) Curicó (desde 1865) |
• Departamento | Curicó |
• Subdelegación |
El Cerrillo Teno |
La Palma fue uno de los distritos que integró las subdelegaciones de El Cerrillo y Teno, en el antiguo departamento de Curicó.
Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847.
Historia
El distrito ocupó el número 3.° de la subdelegación de El Cerrillo, Curicó.[1] Sus límites fueron inicialmente los siguientes:
Lo limita al N. el estero de Chimbarongo, al S. el río Teno, al E. el camino público de Santiago a Talca, y al P. la hacienda de Teno, cerros del Guanaco, siguiendo el cordón hasta Chimbarongo.
Si bien se desconoce la fecha de delimitación del distrito, es posible que ello haya ocurrido en una fecha cercana a la creación de la subdelegación, el 13 de noviembre de 1847.[1]
Por decreto del 13 de junio de 1865, dictado por el presidente Joaquín Pérez, la subdelegación de El Cerrillo fue suprimida para crear la de Teno, pasando a dicha subdelegación los distritos 1.° a 4.° de la primera, incluyendo este.[2]
El presidente Federico Errázuriz Zañartu dictó el 24 de septiembre de 1874 un decreto que aprobó el proyecto de división y demarcación de las subdelegaciones y distritos del departamento de Curicó, propuesto por el intendente, determinando la reorganización de esta subdelegación. La nueva subdelegación rural N.° 7 de Teno fue dividida en tres distritos: 1.° La Palma, 2.° Punta del Monte y 3.° Comalle. Los nuevos límites de este distrito fueron:[3]
Límites: Norte, estero de Chimbarongo; sur, el río Teno; oriente, línea del ferrocarril; poniente, la hacienda de Teno y los cerros del Guanaco y Quelmen, hasta llegar al Chimbarongo.
Administración
La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[4]
Referencias
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